
Para renovar el carnet de conducir en 2026 basta con ir a un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC): te hacen el reconocimiento médico, la foto y tramitan la renovación con la DGT en el momento. Cuesta la tasa de la DGT, 24,58 € (gratis desde los 70 años), más el reconocimiento médico, que suele costar entre 40 y 80 €. Puedes renovarlo hasta 3 meses antes de que caduque sin perder días.
Resumen rápido
- Dónde: en cualquier Centro de Reconocimiento de Conductores (o en Jefatura de Tráfico con cita).
- Tasa DGT: 24,58 € (exentos los mayores de 70 años).
- Reconocimiento médico (psicotécnico): 40-80 € según el centro.
- Cuándo: desde 3 meses antes de la caducidad.
- Vigencia del B: 10 años hasta los 65 y 5 años a partir de esa edad.
- Multa por carnet caducado: 200 €, sin pérdida de puntos.
Cuánto cuesta renovar el carnet de conducir en 2026
| Concepto | Precio |
|---|---|
| Tasa de la DGT (renovación) | 24,58 € |
| Tasa para mayores de 70 años | Gratis |
| Reconocimiento médico en el CRC | Entre 40 y 80 € (precio libre) |
| Renovación con vigencia reducida por motivos de salud | Tasa proporcional: desde unos 4,92 € (1 año) |
| Total habitual | Entre 65 y 105 € |
El precio del reconocimiento médico lo fija cada centro, así que conviene comparar varios centros de reconocimiento de conductores cerca de ti. La tasa de la DGT suele ir incluida en el precio que te cobra el CRC cuando gestiona la renovación.
Cada cuánto hay que renovar el carnet
| Permiso | Menores de 65 años | Desde 65 años |
|---|---|---|
| AM, A1, A2, A, B y BE (coche y moto) | Cada 10 años | Cada 5 años |
| C1, C1E, C, CE, D1, D1E, D, DE (camión y autobús) | Cada 5 años | Cada 3 años |
El médico puede reducir la vigencia si detecta alguna circunstancia de salud que necesite control más frecuente.
Cómo renovar el carnet de conducir paso a paso
- Elige un Centro de Reconocimiento de Conductores (puedes buscar «centro de reconocimiento de conductores cerca de mí»). La mayoría está conectado con la DGT.
- Lleva tu DNI o NIE en vigor y el carnet actual. Si llevas gafas o lentillas, tráelas.
- Pasa el reconocimiento médico: vista, oído, coordinación y una breve entrevista médica.
- El centro te hace la foto, cobra la tasa y envía la renovación a la DGT de forma telemática.
- Recibes el nuevo permiso por correo postal en tu domicilio. Mientras llega, puedes circular con la autorización temporal que te entrega el centro y con el carnet digital de la app miDGT.
Si prefieres hacerlo en la Jefatura de Tráfico, necesitas cita previa en la DGT, el informe de aptitud del CRC, una foto y el pago de la tasa. Es más lento que hacerlo todo en el centro.
Qué pasa si conduces con el carnet caducado
Conducir con el permiso caducado es una infracción sancionada con multa de 200 €, sin pérdida de puntos. No hace falta volver a examinarse: basta con renovarlo, aunque haya pasado tiempo desde la fecha de caducidad. Si te lo renuevan antes de caducar (dentro de los 3 meses previos), la nueva vigencia empieza a contar desde la fecha de caducidad del anterior, así que no pierdes días.
Otros trámites con el carnet
- Pérdida o robo: se pide un duplicado en la DGT (con tasa propia).
- Cambio de domicilio: es gratuito y se hace online en la sede de la DGT.
- Canje de un carnet extranjero: si tienes residencia en España, revisa nuestra guía de cita previa DGT.
- Revisión del coche: no confundas la renovación del carnet con la ITV.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo antes puedo renovar el carnet?
Desde 3 meses antes de la fecha de caducidad, sin perder días de vigencia.
¿Los mayores de 70 años pagan algo?
No pagan la tasa de la DGT, pero sí el reconocimiento médico en el centro.
¿Puedo renovar el carnet en otra provincia?
Sí, en cualquier centro de reconocimiento de España.
¿Necesito cita para renovar el carnet?
En muchos centros no; basta con presentarte en su horario. En la Jefatura de Tráfico sí es obligatoria.
¿Cuánto tarda en llegar el carnet nuevo?
Suele llegar por correo en unas semanas. Mientras tanto puedes conducir con la autorización temporal y la app miDGT.
También te puede interesar: duplicado del carnet · consultar puntos DGT · consultar multas DGT
Fuentes: Dirección General de Tráfico (DGT), Reglamento General de Conductores (RD 818/2009, art. 12), Ley 16/1979 de tasas de la Jefatura Central de Tráfico. Última revisión: octubre de 2026. Cita Facilita es una web informativa y no pertenece a ningún organismo público. Esta guía no sustituye el asesoramiento de un abogado laboralista o graduado social.
