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Pensión no contributiva 2026: cuantía, requisitos y cómo solicitarla

Pensión no contributiva 2026

La pensión no contributiva (PNC) de 2026 es de 628,80 € al mes en 14 pagas (8.803,20 € al año). Pueden cobrarla las personas mayores de 65 años (jubilación) o con una discapacidad igual o superior al 65 % (invalidez) que no hayan cotizado lo suficiente para una pensión contributiva y no superen el límite de ingresos. Se solicita en los servicios sociales de tu comunidad autónoma.

Resumen rápido

  • Cuantía íntegra 2026: 628,80 €/mes (8.803,20 €/año, 14 pagas).
  • Cuantía mínima (25 %): 157,20 €/mes.
  • Tipos: jubilación (65 años o más) e invalidez (18 a 64 años con discapacidad ≥ 65 %).
  • Ingresos: no superar 8.803,20 €/año propios, ni el límite de la unidad familiar.
  • Dónde: servicios sociales de la comunidad autónoma (en Ceuta y Melilla, IMSERSO).

Cuáles son las pensiones no contributivas

Las pensiones no contributivas (a veces buscadas como «pensión no retributiva») garantizan un ingreso mínimo a quien no ha cotizado lo suficiente y no tiene recursos. Son dos:

  • PNC de jubilación: para mayores de 65 años.
  • PNC de invalidez: para personas de 18 a 64 años con un grado de discapacidad o enfermedad crónica igual o superior al 65 %.

La diferencia con la pensión contributiva es que esta última depende de lo cotizado (mínimo 15 años para la jubilación) y tiene sus propias cuantías mínimas. Puedes estimar la tuya con nuestro simulador de jubilación.

Cuantía de la pensión no contributiva 2026

SituaciónAl mes (14 pagas)Al año
Un beneficiario (cuantía íntegra)628,80 €8.803,20 €
Cuantía mínima (25 %)157,20 €2.200,80 €
Dos beneficiarios en el mismo hogar (cada uno)534,48 €7.482,72 €
Tres beneficiarios en el mismo hogar (cada uno)503,04 €7.042,56 €
Complemento por necesitar a otra persona (invalidez ≥ 75 %)+314,40 €+4.401,60 €

Fuente de las cuantías: IMSERSO, actualización de pensiones para 2026 (Real Decreto-ley 3/2026). Además, existe un complemento anual por alquiler de vivienda para pensionistas sin vivienda en propiedad que viven de alquiler; consulta el importe vigente en tu comunidad.

Requisitos de la pensión no contributiva

RequisitoJubilaciónInvalidez
Edad65 años o másEntre 18 y 64 años
Residencia legal en España10 años entre los 16 y la fecha de solicitud, 2 de ellos consecutivos e inmediatamente anteriores5 años, 2 de ellos inmediatamente anteriores
Discapacidad—Igual o superior al 65 %
Ingresos propiosInferiores a 8.803,20 €/añoInferiores a 8.803,20 €/año

Límite de ingresos y unidad familiar

Si vives con tu cónyuge o con familiares hasta segundo grado, también se mira la suma de ingresos de toda la unidad económica de convivencia. El límite es la cuantía anual más un 70 % por cada conviviente adicional:

Personas que convivenLímite anual
214.965,44 €
321.127,68 €
427.289,92 €
533.452,16 €

Si entre los convivientes están tus padres o hijos, estos límites se multiplican por 2,5. Cuando tus ingresos propios superan el 35 % de la cuantía, la pensión se reduce en el exceso, sin bajar del mínimo de 157,20 € al mes.

Pensión no contributiva y matrimonio

Casarse no hace perder la pensión por sí mismo, pero cambia la unidad de convivencia: se suman los ingresos de tu cónyuge y, si ambos sois pensionistas no contributivos, cada uno cobra la cuantía reducida (534,48 €/mes en 2026). Debes comunicar cualquier cambio de estado civil o de convivencia.

Cómo solicitar la pensión no contributiva paso a paso

  1. Reúne la documentación: solicitud oficial de tu comunidad, DNI o NIE, certificado de empadronamiento y de convivencia, declaración de ingresos de la unidad familiar y, para invalidez, el certificado de grado de discapacidad.
  2. Presenta la solicitud en los servicios sociales de tu comunidad autónoma (oficina, registro o sede electrónica con Cl@ve o certificado digital). En Ceuta y Melilla, en el IMSERSO.
  3. Valoración: para la de invalidez, si aún no tienes reconocido el grado, te citarán para valorarlo.
  4. Resolución: el plazo es de 90 días. Si se aprueba, se cobra desde el día 1 del mes siguiente a la solicitud.
  5. Declaración anual: cada año debes presentar la declaración de ingresos durante el primer trimestre para mantener la pensión.

Si no cumples los requisitos de la PNC, revisa si puedes acceder al Ingreso Mínimo Vital, que es compatible en ciertos casos y tiene requisitos distintos.

Preguntas frecuentes

¿Puedo trabajar cobrando una pensión no contributiva?

En la de invalidez, sí: durante los 4 primeros años puedes compatibilizarla si la suma de pensión e ingresos laborales no supera 16.003,20 € al año. En la de jubilación, los ingresos del trabajo cuentan para el límite.

¿Qué diferencia hay entre pensión contributiva y no contributiva?

La contributiva depende de tus cotizaciones y la gestiona la Seguridad Social; la no contributiva no exige cotizar, depende de tus ingresos y la gestionan las comunidades autónomas.

¿La PNC se cobra en 14 pagas?

Sí, 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias (junio y noviembre).

¿Cuándo se revisa la cuantía?

Se actualiza cada año con la ley de presupuestos o un decreto de revalorización. Actualizaremos esta guía con la cuantía de 2027 en cuanto se publique.

Fuentes: IMSERSO (actualización de pensiones 2026), Real Decreto-ley 3/2026, Ley General de la Seguridad Social (arts. 363 a 372). Última revisión: octubre de 2026. Cita Facilita es una web informativa y no pertenece a ningún organismo público. Esta guía no sustituye el asesoramiento de un abogado laboralista o graduado social.