
El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda del SEPE de 480 € al mes (80 % del IPREM) para desempleados de 52 años o más con pocos ingresos propios, que se cobra hasta la edad de jubilación y además cotiza para la pensión. Para pedirlo hay que tener al menos 15 años cotizados y cumplir todos los requisitos de la jubilación salvo la edad.
Resumen rápido
- Cuantía 2026: 480 € al mes (80 % del IPREM).
- Duración: hasta la edad ordinaria de jubilación.
- Ingresos: propios inferiores al 75 % del SMI (sin pagas extra); no cuentan los de la familia.
- Cotización: el SEPE cotiza por ti para la jubilación.
- Compatible: con un empleo a través del complemento de apoyo al empleo (CAE).
Requisitos del subsidio para mayores de 52 años
- Tener 52 años o más en la fecha de la situación que da derecho (por ejemplo, al agotar el paro).
- Estar inscrito como demandante de empleo y firmar el acuerdo de actividad.
- No tener rentas propias superiores al 75 % del salario mínimo excluidas las pagas extra. En este subsidio no se tienen en cuenta los ingresos de la familia, solo los tuyos.
- Haber cotizado al desempleo al menos 6 años en tu vida laboral.
- Cumplir todos los requisitos para la jubilación contributiva salvo la edad: 15 años cotizados, 2 de ellos en los últimos 15.
- Estar en una de las situaciones que dan acceso: haber agotado la prestación por desempleo, no tener cotización suficiente para el paro, ser emigrante retornado, liberado de prisión, etc.
Cuánto se cobra y cuánto dura
| Concepto | 2026 |
|---|---|
| Cuantía mensual | 480 € (80 % del IPREM de 600 €) |
| Reducción por parcialidad | No se reduce aunque el último trabajo fuera a tiempo parcial |
| Duración | Hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación |
| Cotización por jubilación | La realiza el SEPE durante todo el subsidio |
Las cifras proceden de la regulación vigente tras la reforma de los subsidios (Real Decreto-ley 2/2024) y de guías especializadas; la página del SEPE no estaba disponible al revisar este artículo. Confirma tu caso en el SEPE.
Cómo solicitarlo paso a paso
- Pide cita previa en el SEPE o hazlo online en su sede con Cl@ve o certificado digital.
- Presenta la solicitud en los 15 días hábiles siguientes a la situación que da derecho (por ejemplo, el agotamiento del paro). Si te retrasas, se descuentan los días.
- Aporta tu DNI o NIE, la declaración de rentas y, si procede, el certificado de empresa.
- Cada año debes presentar la declaración anual de rentas para mantener el subsidio.
Preguntas frecuentes
¿Cuenta para la jubilación el tiempo cobrando el subsidio?
Sí, el SEPE cotiza por ti, lo que mejora tu futura pensión. Consulta tu vida laboral.
¿Puedo trabajar y cobrar el subsidio de mayores de 52?
Sí, mediante el complemento de apoyo al empleo (CAE), que te permite seguir cobrando una parte del subsidio mientras trabajas.
¿Me obligan a jubilarme anticipadamente?
No: el subsidio dura hasta la edad ordinaria de jubilación. Puedes informarte sobre la jubilación anticipada si te interesa.
¿Cómo consulto si me lo han concedido?
En la sede del SEPE o con nuestra guía para consultar tu prestación.
Fuentes: Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), Real Decreto-ley 2/2024 de reforma del nivel asistencial, Ley General de la Seguridad Social (arts. 274 a 280). Última revisión: octubre de 2026. Cita Facilita es una web informativa y no pertenece a ningún organismo público.
