
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una ayuda mensual de la Seguridad Social para hogares con pocos ingresos. En 2026 garantiza hasta unos 734 € al mes a una persona sola, y más si en el hogar hay más personas o hijos. Se solicita gratis en imv.seg-social.es (también sin certificado digital), por correo postal o en una oficina del INSS con cita previa.
Resumen rápido
- Cuantía 2026: hasta unos 734 €/mes para una persona sola.
- Edad: en general, desde 23 años.
- Residencia: legal y continuada en España durante el año anterior.
- Solicitud: imv.seg-social.es, correo postal o INSS con cita.
Requisitos principales
- Edad: tener al menos 23 años si vives solo o no formas parte de otra unidad de convivencia. Hay excepciones, por ejemplo, si tienes hijos a cargo.
- Residencia: haber vivido en España de forma legal, efectiva y continuada al menos durante el año anterior a la solicitud (con algunas excepciones).
- Vulnerabilidad económica: que los ingresos del hogar estén por debajo de la renta garantizada que te corresponde.
- Patrimonio: que el patrimonio neto no supere los límites legales. La vivienda habitual no cuenta.
- No ser administrador de una sociedad mercantil.
¿Cuánto se cobra? Cuantías orientativas 2026
| Hogar | Renta garantizada al mes (aprox.) |
|---|---|
| Una persona adulta | 734 € |
| Un adulto y un menor, o dos adultos | 954 € |
| Dos adultos y un menor, o tres adultos | 1.174 € |
| Dos adultos y dos menores, o cuatro adultos | 1.394 € |
| Hogar monoparental con un menor | 1.116 € |
El IMV completa tus ingresos hasta esa cantidad: si ya ingresas algo, cobrarás la diferencia. Estas cifras son orientativas; confirma la cuantía exacta en el simulador oficial de la Seguridad Social.
Complemento de ayuda para la infancia
Además, se paga un complemento por cada hijo menor: unos 115 €/mes hasta los 3 años, 80,50 € de 3 a 6 años y 57,50 € de 6 a 18 años. Se puede cobrar aunque no tengas derecho al IMV, si cumples los límites de ingresos.
Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital
- Por internet sin certificado: entra en imv.seg-social.es, elige la opción sin certificado, rellena el formulario con tus datos y los de tu hogar y adjunta la documentación.
- Por internet con certificado: con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico, en la sede de la Seguridad Social.
- Por correo postal, enviando el formulario y los documentos a una dirección provincial del INSS.
- En persona, en una oficina del INSS. Necesitas cita: mira cómo pedir cita en la Seguridad Social.
Todas las personas mayores de edad del hogar deben firmar la solicitud. Si necesitas ayuda, acude a los servicios sociales de tu ayuntamiento o llama al teléfono gratuito del IMV, 900 20 22 22.
Documentos que te pueden pedir
- DNI, NIE o TIE de todos los miembros del hogar.
- Certificado de empadronamiento colectivo, que demuestra quién vive en la vivienda.
- Libro de familia o documentos que acrediten la relación familiar.
- Número de cuenta bancaria del solicitante.
- Documentos de ingresos, si no constan en Hacienda.
Preguntas frecuentes
¿Puedo trabajar y cobrar el IMV?
Sí, en muchos casos es compatible, pero tus ingresos pueden reducir la cuantía. Comunica siempre los cambios de ingresos o de personas en el hogar.
¿Los extranjeros pueden pedirlo?
Sí, si tienen residencia legal y cumplen el resto de requisitos, incluido el año de residencia previa.
¿Cuánto tardan en contestar?
La Seguridad Social tiene un plazo legal para resolver. Puedes consultar el estado de tu solicitud en la misma web del IMV.
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Fuentes: Seguridad Social (imv.seg-social.es), INSS y guías especializadas sobre las cuantías de 2026. Última revisión: octubre de 2026. Cita Facilita es una web informativa y no pertenece a ningún organismo público.
